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§ 611. Título - Este capítulo se conocerá como “Ley del Programa de “Red...
§ 611a. Política pública - El Gobierno de Puerto Rico está comprometido con transformar las...
§ 611b. Creación y propósito - Se crea el Programa de “Red de Apoyo Social” adscrito...
§ 611c. Definiciones - (a) Agencia.— Se refiere a toda agencia, instrumentalidad, corporación pública,...
§ 611d. Director - El o la Director(a) Ejecutivo(a) de la ODSEC será Director(a)...
§ 611e. Facultades del Director - El Director tendrá la facultad de: (1) convocar y dirigir...
§ 611f. Composicion de la “Red de Apoyo Social” - (a) Departamento de Justicia (b) Departamento de Educación (c) Departamento...
§ 611g. Funciones y obligaciones de la “Red de Apoyo Social” - (a) Responder a la activación de la Red por el...
§ 611h. Comité Operacional—Alianzas - Se faculta al Comité Operacional a establecer alianzas con instituciones...
§ 611i. Informes - El Comité Operacional, por medio del Director del Programa, remitirá...
§ 611j. Presupuesto - La ODSEC separará fondos de su presupuesto y proveerá el...
§ 611k. Asignaciones adicionales - (a) Las asignaciones que haga anualmente la Asamblea Legislativa mediante...
§ 611l. Plan estratégico - Luego de la aprobación de esta ley, y en un...