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§ 101. Título abreviado: Código de Seguros de Puerto Rico - Este título constituye el Código de Seguros de Puerto Rico...
§ 102. Seguro, definición - Seguro.— Es el contrato mediante el cual una persona se...
§ 103. Asegurador, definición - Asegurador.— Es la persona que se dedique a la contratación...
§ 104. Persona, definición - Persona.— Significa cualquier persona natural, asegurador, asociación, grupo, sindicato, organismo,...
§ 105. Contratar o tramitar seguros - Contratar o tramitar.— Con relación a seguros, incluye cualquier de...
§ 106. Cumplimiento requerido - Ninguna persona se dedicará en Puerto Rico al negocio de...
§ 108. Comisionado, definición - Comisionado.— Significa el Comisionado de Seguros del Estado Libre Asociado...
§ 108a. Secretario, definición - Secretario.— Significa el Secretario de Hacienda.
§ 113. Oficina, definición - Oficina.— Significa la Oficina del Comisionado de Seguros del Estado...
§ 114. Salvedad - Las definiciones utilizadas en este Código tendrán el significado que...
§ 118. Carta de Derechos del Consumidor de Seguros - (a) Derecho a elegir al asegurador e intermediario de seguros...