2020 Laws of Puerto Rico Capítulo 669 - La Acción Indirecta u Oblicua § 9631. Noción
Los acreedores, después de haber perseguido los bienes que posee el deudor para realizar cuanto se les debe, pueden ejercitar todos los derechos y las acciones de este con el mismo fin, con excepción de los que son inherentes a su persona.