(a) Trabajarán en estrecha coordinación con los Gerentes de Permisos con sus respectivas entidades gubernamentales;
(b) asistirán a los Gerentes de Permisos en la obtención de cualquier información o documentación necesaria para el descargue de sus funciones, en los términos de tiempo que se establezcan en el Reglamento Conjunto, y
(c) coordinarán expeditamente cualquier trabajo de campo que sea necesario para obtener información solicitada por los Gerentes de Permisos.
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