(1) Establecer el deslinde específico de las áreas geográficas que serán designadas y adquiridas para el Paseo de los Artesanos.
(2) Determinar los costos del proceso de expropiación, si alguno, incluyendo los costos administrativos y operacionales del proyecto.
(3) Deberá contemplar los mecanismos para el financiamiento, si alguno, necesarios para cumplir con los propósitos de esta medida.
(4) La responsabilidad de la Corporación para el Desarrollo Rural, en coordinación con el Municipio de Cayey y con las organizaciones comunitarias bona fide del Sector de Guavate, de establecer un plan de trabajo detallado y específico para la construcción del Paseo de los Artesanos en dicho sector. Dicha propuesta de trabajo incluirá un conceptual, las etapas necesarias de construcción y el tiempo estimado para completar las mismas.
(5) Establecer las normas directivas y programáticas necesarias para lograr este desarrollo.
(6) El delegar en el Municipio de Cayey, en coordinación y con la participación de las organizaciones comunitarias bona fide del Sector Guavate, el mantenimiento, conservación, normas de uso y control del Paseo de los Artesanos, una vez construido.
(7) El Plan de desarrollo del Paseo de los Artesanos, así como cualquier enmienda o modificación al mismo y los estudios que se realicen serán enviados a la Gobernadora de Puerto Rico y a la Asamblea Legislativa.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico