El Fondo para el Fideicomiso Ambiental de Puerto Rico y el Caribe, que por este capítulo se crea, será establecido conforme a las secs. 1281 a 1289 del Título 7, mejor conocidas como “Ley de Fideicomisos de Inversión de Fondos Públicos”, con fines similares, por lo que disfrutará de exención contributiva y de las demás exenciones que disponen dichas secciones.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Calidad Ambiental II
Capítulo 501 - Política Pública Ambiental
Subcapítulo V - Fondo para el Fideicomiso Ambiental de Puerto Rico y el Caribe
§ 8005. Declaración de propósitos
§ 8005a. Unidad de Proyectos Internacionales
§ 8005c. Aplicación de la Ley de Fideicomisos de Inversión de Fondos Públicos