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Los frutos de un bien pertenecen al propietario, salvo que mediante negocio jurídico o por la ley se disponga otra cosa.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
2020 Laws of Puerto Rico
Título 31 - Código Civil
Subtítulo 8 - Los Derechos Reales
Parte III - La Propiedad
Capítulo 575 - Disposiciones Generales
§ 7952. Presunción de no gravamen
§ 7954. Pertenencia de los frutos