2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 45 - Procedimientos Después de Sometida la Causa al Jurado
§ 782. Comida y alojamiento

Mientras los jurados permanezcan reunidos, bien durante la tramitación del juicio, o después de haberse retirado para deliberar, el oficial del tribunal tendrá obligación de proporcionarles comida y alojamiento adecuados y suficientes.