(a) El Alcalde del Gobierno Municipal de Arroyo, quien será el Presidente del Comité.
(b) El Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas.
(c) El Director Ejecutivo de la Compañía de Turismo.
(d) Dos (2) representantes de interés público que serán nombrados por el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
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