El Alcalde deberá notificar y consultar con la Junta de Planificación, a la Autoridad de los Puertos y a cualquier otra agencia, departamento o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico que tenga instalaciones ubicadas dentro de los terrenos del Complejo Punta Borinquen cualquier cambio en el patrón de usos de terrenos y planes viables previo a realizarse el mismo. Disponiéndose, además, que se deberá obtener la autorización de la Agencia Federal de Aviación para poder alterar las servidumbres que posee dicha agencia en los mencionados terrenos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 42 - Autoridad para la Administración y Desarrollo de Punta Borinquen
§ 692m. Transferencias de las funciones
§ 692n. Garantiza los empleados afectados
§ 692o. Disposición de este capítulo
§ 692p. Leyes, reglas, reglamentos y órdenes aplicables
§ 692q. Alcalde del Municipio de Aguadilla