Antes de la disposición del caso por el tribunal, el equipo inter o multidisciplinario responsable del tratamiento, recuperación y rehabilitación del menor, preparará un informe que incluya el nivel de cuidado, tomando en cuenta que éste sea el terapéuticamente indicado y de mayor autonomía, incluyendo la coordinación interagencial, una evaluación social, un plan de tratamiento, recuperación y rehabilitación preliminar y cualquier otra información que el tribunal estime conveniente antes de la disposición del caso. El plan individualizado de tratamiento, recuperación y rehabilitación inter o multidisciplinario será desarrollado conforme a los requerimientos de este capítulo. Si el menor es ingresado, el tribunal considerará el informe al determinar la disposición del caso.
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