(a) Se ordena al Departamento de Educación, como parte del Programa Escuela Abierta, a que ofrezca cursos de artesanía puertorriqueña.
 (b) El Instituto de Cultura Puertorriqueña brindará, al Departamento de Educación, toda la colaboración y asesoramiento necesario para que se cumplan los objetivos de esta sección.
 (1) Talla en madera;
 (2) instrumentos musicales;
 (3) máscaras;
 (4) juguetería;
 (5) labores en aguja;
 (6) joyería artesanal;
 (7) hamacas;
 (8) cerámica;
 (9) cestería;
 (10) trabajos en cuero, higuera, coco y bambú, y
 (11) cualesquiera otras destrezas relacionadas con los objetivos de esta sección.
 (c) El Departamento de Educación [implantará] esta sección a través de programas pilotos que desarrolle en diversas escuelas de las distintas regiones educativas.