(a) Se ordena al Departamento de Educación, como parte del Programa Escuela Abierta, a que ofrezca cursos de artesanía puertorriqueña.
(b) El Instituto de Cultura Puertorriqueña brindará, al Departamento de Educación, toda la colaboración y asesoramiento necesario para que se cumplan los objetivos de esta sección.
(1) Talla en madera;
(2) instrumentos musicales;
(3) máscaras;
(4) juguetería;
(5) labores en aguja;
(6) joyería artesanal;
(7) hamacas;
(8) cerámica;
(9) cestería;
(10) trabajos en cuero, higuera, coco y bambú, y
(11) cualesquiera otras destrezas relacionadas con los objetivos de esta sección.
(c) El Departamento de Educación [implantará] esta sección a través de programas pilotos que desarrolle en diversas escuelas de las distintas regiones educativas.