2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Los Derechos Reales
§ 5413. Bienes en tránsito

En la constitución o la cesión de derechos sobre bienes en tránsito, estos se consideran situados en el lugar de su expedición, sin perjuicio de los derechos de terceros. El remitente y el destinatario pueden convenir, expresa o tácitamente, que se consideran situados en el lugar de su destino.