Los tribunales de Puerto Rico pueden tomar las medidas cautelares de urgencia en protección de una parte que está en Puerto Rico, con independencia del domicilio de las partes. La medida es de carácter provisional y no impide que el proceso pueda ventilarse en el Estado con jurisdicción y no puede contravenir la legislación federal aplicable.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 5 - La Ley, Su Eficacia y Su Aplicación
Capítulo 415 - Normas sobre Conflictos de Leyes
§ 5392. Efectos no patrimoniales del matrimonio
§ 5394. Capitulaciones matrimoniales
§ 5395. Nulidad matrimonial y divorcio
§ 5396. Validez de acuerdos matrimoniales o uniones civiles análogos al matrimonio