2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Respeto a los Muertos
§ 5188. Profanación del lugar donde yacen los muertos e interrupción del funeral

Toda persona que profane el lugar donde yace el cadáver de un ser humano, los objetos que allí se destinan a honrar su memoria o los que contienen sus restos o cenizas, o impida o interrumpa un funeral, velatorio o servicio fúnebre, incurrirá en delito menos grave.