El Secretario de Hacienda queda por la presente facultado para investigar y examinar por sí o por conducto de sus subalternos los libros, cuentas, archivos y demás documentos de todas las corporaciones tanto domésticas como extranjeras autorizadas para hacer negocios en Puerto Rico a los fines de poder determinar la responsabilidad contributiva de dichas corporaciones para con el Gobierno de Puerto Rico.