(a) Por la presente se autoriza al Juez Presidente y a cada uno de los Jueces Asociados del Tribunal Supremo de Puerto Rico para que designen un oficial jurídico con un sueldo anual no menor de cuatro mil quinientos dólares ($4,500) para los de los Jueces Asociados y de seis mil dólares ($6,000) anuales para el del Juez Presidente; Disponiéndose, que el oficial jurídico de este último será también Secretario Ejecutivo del Consejo Judicial de Puerto Rico.
(b) Anualmente se consignarán en el presupuesto general de gastos del Gobierno correspondiente al Tribunal Supremo los sueldos de los oficiales jurídicos de los respectivos Jueces.