2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 157 - Ley para Fomentar la Celebración de Ferias de Salud en los Organismos Gubernamentales
§ 3721. Definiciones

(a) Organismos gubernamentales.— Significa todo departamento, agencia, instrumentalidad, oficina y todo otro organismo de la Rama Ejecutiva del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo a toda corporación pública, sus subsidiarias o cualesquiera entidad gubernamental que tenga personalidad jurídica propia, creada por ley o que en el futuro pudiere crearse.
(b) Ferias de salud.— Significa el evento organizado para brindar información sobre enfermedades y servicios relacionados con la salud, de manera gratuita, tales como, pruebas ambulatorias, orientaciones y consejería sobre enfermedades; e información sobre productos y servicios relacionados con la salud en general o con la salud mental, física, o emocional, entre otros.