A los efectos de este capítulo el término “cuidados y servicios pre y post natales” comprenderá estudios diagnósticos, exámenes físicos, vacunación, prescripción y administración de medicinas, referidos a otros profesionales o instituciones de servicios de salud para consultas y tratamiento, procedimientos quirúrgicos asociados al embarazo o sus complicaciones y cualesquiera otras consultas, servicios de orientación y tratamientos asociados al cuidado adecuado durante el período posterior al parto. Nada de lo aquí dispuesto se podrá interpretar como que autoriza medidas para interrumpir el embarazo o para prestar servicios de esterilización a cualquier mujer menor de edad no emancipada o mentalmente incapacitada.