Dicho juicio se promoverá en la sala del Tribunal de Primera Instancia cuya jurisdicción comprenda la última residencia del finado o el lugar en que radique la mayor parte de sus bienes. Se tendrá por partes en el juicio al albacea y a los herederos y legatarios del finado, nombrados en cualquier testamento que se alegue ser de dicho finado, y cuya validez se procure probar o destruir.
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