Se transferirán al Centro todos aquellos fondos disponibles en virtud de la Resolución Conjunta Núm. 38 de 25 de mayo de 1973, que estén en poder del Director del Programa de Control de Calidad de Puerto Rico de la Administración de Fomento Económico, a la fecha de vigencia de esta ley. Queda expresamente abolida la Unidad Administrativa que en virtud de dicha resolución se creó, transfiriéndose todas sus funciones al Centro de Control de Calidad de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 21 - Administración de Fomento Económico
§ 242. Departamento de Turismo; ingresos acreditados a asignaciones
§ 243. Cobro por servicios a personas e industrias privadas
§ 245. Laboratorio Industrial—Personal
§ 246. Laboratorio Industrial—Compra de material y equipo necesario
§ 248. Centro de Control de Calidad—Título corto
§ 248a. Centro de Control de Calidad—Creación
§ 248b. Centro de Control de Calidad—Funciones
§ 248c. Centro de Control de Calidad—Director; designación; deberes
§ 248f. Centro de Control de Calidad—Administración
§ 248g. Centro de Control de Calidad—Cobro por servicios
§ 248h. Centro de Control de Calidad—Uso de distintivos, prohibido
§ 248i. Centro de Control de Calidad—Uso de distintivos, penalidades
§ 248j. Centro de Control de Calidad—Junta de Apelaciones
§ 248k. Centro de Control de Calidad—Informes al Gobernador y a la Asamblea Legislativa
§ 248l. Centro de Control de Calidad—Asignaciones
§ 248m. Centro de Control de Calidad—Transferencia de fondos y funciones
§ 248n. Promoción de industrias Puertorriqueñas—Subadministrador; creación del cargo
§ 248o. Promoción de industrias Puertorriqueñas—Definición
§ 248p. Promoción de industrias Puertorriqueñas—Funciones del Subadministrador
§ 248q. Promoción de industrias Puertorriqueñas—Estudio exhaustivo de áreas pertinentes
§ 248r. Promoción de industrias Puertorriqueñas—Conclusiones y recomendaciones específicas
§ 248s. Promoción de industrias Puertorriqueñas—Comparecencia ante la Asamblea Legislativa
§ 248t. Promoción de industrias Puertorriqueñas—Informe anual al Gobernador