(a) El someter una muestra que contenga una sustancia que no provenga del cuerpo de la persona objeto de la prueba;
(b) el someter una muestra que haya sido recogida en un momento que no sea el indicado por el procedimiento establecido para su toma;
(c) incurrir en cualquier conducta con la intención de producir un resultado falso o distinto al que se obtendría de haberse llevado a cabo el proceso conforme a lo establecido, o
(d) incurrir en cualquier conducta con la intención de crear confusión en el análisis de la muestra.