(a) Conservar los bienes y procurar que produzcan las rentas, los productos y las utilidades que correspondan;
(b) vender oportunamente los frutos y depositar su importe junto a los demás fondos de la herencia;
(c) cobrar créditos y cancelar sus garantías;
(d) hacer y retirar depósitos;
(e) pagar deudas; y
(f) realizar aquellas gestiones propias de una buena administración y necesarias para el buen cumplimiento de la encomienda.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 11 - La Sucesión por Causa de Muerte
Parte VI - Los Ejecutores de la Herencia
Capítulo 769 - Las Clases de Ejecutores
Subcapítulo II - El Administrador
§ 11521. Administrador; definición
§ 11522. Designación del administrador
§ 11523. Quienes pueden solicitar la designación