(a) Tomar las precauciones necesarias para la conservación y la custodia de los bienes;
(b) ejecutar todo lo ordenado en el testamento y, siendo legal, sostener su validez;
(c) intervenir en los litigios o incidentes que se susciten sobre los bienes hereditarios;
(d) pagar los legados, con el consentimiento de los herederos; y
(e) realizar la partición de la herencia cuando no hay contador partidor.